INEE

Evaluaciones generales de diagnóstico
El marco legal

La Ley Orgánica de la Educación (LOE) establece dos procesos de evaluación de diagnóstico diferentes:

  • Evaluaciones generales de diagnóstico (Art. 144.1): “El Instituto de Evaluación y los organismos correspondientes de las administraciones educativas colaborarán en la realización de evaluaciones generales de diagnóstico, de carácter muestral, que permitan obtener datos representativos, tanto del alumnado y de los centros de las Comunidades Autónomas como del conjunto del Estado. Estas evaluaciones versarán sobre las competencias básicas del currículo y se realizarán en 4º de Educación Primaria y 2º de Educación Secundaria Obligatoria (ESO)”.
  • Evaluaciones de diagnóstico (Arts. 21 y 29): “Todos los centros realizarán evaluaciones de diagnóstico, de carácter censal,… que serán competencia de las administraciones educativas y tendrán carácter formativo y orientador para los centros e informativo para las familias y para el conjunto de la comunidad educativa”.
Finalidad de las evaluaciones generales de diagnóstico (EGD)
  • Contribuir a la mejora de la calidad y la equidad de la educación, orientar las políticas educativas y aumentar la transparencia y eficacia del sistema educativo.
  • Ofrecer información sobre el grado de adquisición de las competencias básicas del currículo por el alumnado, en el conjunto del Estado y en las comunidades autónomas; estas competencias básicas se refieren a las capacidades de los sujetos para aplicar los conocimientos aprendidos en contextos diferentes, a la comprensión de la realidad y a la resolución de problemas prácticos planteados en situaciones de la vida cotidiana.
  • Valorar en qué medida el sistema educativo prepara para la vida y forma a los estudiantes para asumir su papel.

Página del Instituto de Evaluación

Enlaces interesantes

En los siguientes enlaces hay información sobre pruebas ya aplicadas (en algunos hay pruebas interactivas).